El 22 de enero de 2016 se publicó el Decreto 230/2015, por el que se designa Zona Especial de Conservación Arkamo-Gibijo-Arrastaria y se aprueban sus medidas de conservación y las de la Zona de Especial Protección para las Aves Sierra Sálvada. En la imagen, zona protegida por la ZEPA de Sierra Sálvada.
Mapa del ZEC Arkamo-Gibijo-Arrastaria. El apartado 10 del Decreto citado se titula "Objetos y normas para la conservación para los elementos clave u objeto de gestión", donde en el párrafo final dedicado a cada hábitat se describen sus principales amenazas:
BOSQUES
Encinares y carrascales. Las principales amenazas para este tipo de bosque provienen principalmente del riesgo de incendio. El pastoreo del sotobosque puede tener cierto impacto en algunos bosques cercanos a Osma, Fresneda, Karkamu, Ginea, Barrón, Artatza o Axkoeta, aunque este pastoreo favorece la presencia del hábitat prioritario Pastos xerófilos de Brachypodium retusum. Actualmente los aprovechamientos forestales no suponen ninguna amenaza.
Marojales. Las principales amenazas provienen de los posibles aprovechamientos forestales con prácticas inadecuadas y, en menor medida, del riesgo de incendio. El pastoreo del sotobosque es muy limitado y no supone ninguna amenaza actualmente.
Quejigales. Las principales amenazas provienen del riesgo de incendio en las zonas más meridionales y de los posibles aprovechamientos forestales con prácticas inadecuadas, aunque estos se prevén limitados. El pastoreo del sotobosque es muy limitado y no supone ninguna amenaza actualmente.
Robledales mesótrofos subatlánticos de Quercus robur. Las principales amenazas provienen de la reducida superficie de las masas forestales, el aislamiento, la escasa regeneración del roble y la posible actividad forestal.
Hayedos basófilos o neutros. No existen amenazas importantes sobre este hábitat, aunque en algunos sectores la actividad forestal en determinadas épocas afecta la nidificación de algunas aves.
Para los bosques el objetivo general es "mejorar la naturalidad y la estructura de las masas forestales" y entre las regulaciones se encuentran las siguientes:
- Las cortas a hecho en bosques necesitarán autorización del Órgano Gestor del espacio natural protegido. Los permisos de cortas se concederán de acuerdo con criterios ecológicos, pudiéndose tener en cuenta secundariamente criterios económicos.
- Se prohíbe la realización de nuevas plantaciones forestales con especies alóctonas dentro de los límites de la ZEPA y la ZEC, cuando afecten a elementos clave o a objetos de conservación en el Espacio Natural Protegido.
- No se realizarán ni trabajos de envergadura ni trabajos que generen un nivel importante de ruidos o ruidos súbitos durante "las épocas de nidificación y cría de las aves, especialmente entre abril y julio.
- Se prohíbe la retirada de acopios de leña en el período comprendido entre abril y julio.
- Se prohíbe la construcción de nuevas pistas forestales y la ampliación de las existentes que transcurran por el interior de la ZEPA o la ZEC, salvo casos excepcionales que requerirán de la autorización expresa por parte del órgano gestor del ENP. Estará permitida la mejora de las ya existentes. En todo caso, nunca se crearán en períodos de nidificación o cría de fauna de interés.
PRADOS, PASTIZALES Y MEGAFORBIOS
Prados alpinos y subalpinos calcáreos. No se han detectado presiones importantes sobre este hábitat. El mantenimiento del mismo se encuentra ligado a un manejo ganadero extensivo, por lo que la principal amenaza para estos pastos deriva del exceso o del cese del pastoreo. El primero provoca la pérdida de la cobertura vegetal y el riesgo de erosión del suelo, mientras que el cese del pastoreo en algunas provocaría el avance de especies leñosas.
Pastos mesófilos con Brachypodium pinnatum con y sin orquídeas. El exceso o el cese del pastoreo es la principal amenaza para estos pastos mesófilos.
Megaforbios de montaña y de riberas de ríos eurosiberianos. El estado de conservación de este hábitat se considera inadecuado debido a la alteración de su estructura por parte del ganado y de animales salvajes.
Para los prados, pastizales y megaforbios el objetivo general es "mantener una representación suficiente de prados y pastos en mosaicos heterógeneos en distintos estadios evolutivos y garantizar la conservación de los megaforbios de montaña" y entre las regulaciones se encuentran las siguientes:
- La frecuencia máxima de los desbroces será de 5 años.
- Los desbroces se realizarán de manera que no afecten a una superficie continua superior a 10 ha.
- Los desbroces de matorral no serán totales, se mantendrán pequeños rodales sin desbrozar y los límites entre matorral y pastizal se harán irregulares. Se conservarán y potenciarán pequeños bosquetes isla o arbolado aislado.
- Queda prohibido el uso del fuego para la regeneración y control de pastos. Este método sólo podrá utilizarse de forma utilizarse de forma excepcional para evitar impactos previsiblemente mayores a los de la propia práctica y su uso requerirá de autorización del órgano gestor del espacio.
CUEVAS Y CAVIDADES KÁRSTICAS. Aunque no se ha observado durante el trabajo de campo, el posible cierre de alguna entrada a cavidades puede afectar a murciélagos, al impedir o dificultar el acceso y salida de los mismo.
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